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Patinetes y bicicletas, cómo y por dónde no circular

¿Vas en patinete al trabajo? ¿Empleas la bici para tus trayectos por ciudad? ¿Tienes claro lo que dice la Ley cuando conduces alguno de estos vehículos? Te contamos cómo y por dónde no pueden circular patinetes y bicicletas. 

 

Aunque los datos urbanos de 2022 todavía no están disponibles, el pasado año fallecieron en carretera 36 personas que circulaban en bici y 1 en Vehículo de Movilidad Personal. En 2021, último año con datos cerrados, se produjeron, tanto en ciudad como en carretera, más de 10.000 siniestros en los que se vieron implicados bicicletas o VMP con víctimas, heridos o fallecidos.  ¿Tienes claro cómo y por dónde circular con patinetes o bicicletas?

 

PATINETES

Los patinetes son Vehículos de Movilidad Personal. Los VMP son vehículos de una o más ruedas dotados de una única plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos. Diseñados para una velocidad máxima comprendida entre los 6 y los 25 km/h. Con un solo asiento o sillín.

Cómo sí

Las vías autorizadas para poder circular los patinetes tienen que ser las que indica la ordenanza municipal. Si no la hubiera se permite la circulación por cualquier calzada urbana.

Respecto al casco, cada ayuntamiento puede determinar si es o no obligatorio que los usuarios de patinete deban llevar o no casco. La multa es de 200 euros si es obligatorio y no lo llevas.

Solo puede circular una persona. Si circulan dos personas la multa es de 100 euros.

Es obligatorio el uso de ropa reflectante durante la noche o con visibilidad reducida. No hacerlo tiene una multa de 200 euros.

Cada VMP tiene que contar con un certificado de circulación disponible en código QR que acredite que el patinete cumple los requisitos mínimos de circulación.

Cómo no

Respecto al dónde, está prohibido que los VMP vayan por aceras, zonas peatonales, pasos de travesía, autopistas, autovías, vías interurbanas o túneles urbanos.  Ahora bien, la ordenanza de la DGT establece como excepción la circulación por aceras y zonas peatonales cuando el VMP lo haga a paso de persona. Incumplir esta norma conlleva una multa de 200 euros.

No puede conducir bajos los efectos del alcohol o las drogas. Las multas son las mismas que las de cualquier conductor, salvo por la retirada de puntos. Las multas pueden llegar a los 1.000 euros.

Tampoco pueden llevar auriculares puestos ni usar el móvil mientras conducen. La multa es de 200 euros.

 

BICICLETAS

Cómo sí

Es obligatorio el uso del casco para los menores de 16 años en todas las vías y para todos en las vías interurbanas.

Las bicicletas deberán circular por los carriles bici habilitados para ellas. Aunque no es obligatorio. En todo caso, por la calzada los ciclistas tienen prioridad de paso cuando circulan por un carril bici o por un paso para ciclistas. Pero tienen que ceder el paso a los peatones cuando giran para entrar en otra vía y a hay peatones cruzándola. No respetar la prioridad son 200 euros de multa.

En carretera los ciclistas deben circular por el arcén de su derecha, si existe. Solo podrán abandonarlo en descensos prolongados en condiciones seguras. Ocupar la calzada si se puede circular por el arcén conlleva una multa de 200 euros.

Los ciclistas están obligados a señalizar las maniobras, como giros, cambios de sentido y de carril.

Solo se puede llevar un pasajero de hasta 7 años de edad, en el asiento adicional homologado y siempre que el conductor sea mayor de edad. La multa es de 100 euros

Las luces son obligatorias de noche, en pasos inferiores o por túneles. No hacerlo, conlleva una multa de 200 euros.

Por supuesto deben respetar los semáforos y la señalización vertical y horizontal.

Cómo no

Está prohibido que las bicis circulen por la acera.

Al igual que el resto de conductores, incluidos los VMP no pueden conducir bajos los efectos del alcohol o las drogas. Las multas pueden llegar a los 1.000 euros. Tampoco conducir con auriculares, puestos ni usar el móvil mientras conducen. La multa es de 200 euros.

Cruzar un paso de peatones sobre la bici está prohibido. La bici no tiene prioridad en los pasos de peatones. Es obligatorio bajarse de la misma y cruzarlo andando.

Aunque pueden circular en paralelo en carretera, en tramos sin visibilidad como curvas, no podrán hacerlo  y deberán colocarse en hilera. La multa por incumplir esta norma supone 100 euros.

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