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Conducción autónoma, ¿quién será el culpable en caso de accidente?

La conducción cien por cien autónoma plantea varios dilemas que la normativa tiene que resolver. La DGT está redactando la futura ley que la regulará, ¿quién será el culpable en caso de accidente?

 

Hace unos días la subdirectora general adjunta de Vehículos de la DGT, Susana Gómez, daba las pistas de la normativa sobre conducción autónoma que preparan desde este organismo. El nuevo decreto-ley incluiría niveles 4 y 5 de autonomía, -los más avanzados- y entraría en vigor en 2024. Iría más allá que la actual normativa de países como Francia o Alemania. Regulará uno de los grandes dilemas de la conducción autónoma, ¿quién será el culpable en caso de accidente?

Mismas obligaciones que el conductor

Por un lado, la nueva ley modificará el Reglamento General de Circulación y por otro el de Vehículos equiparando las obligaciones que tiene el sistema autónomo con las que tiene el conductor. Es decir, el sistema tiene que cumplir las normas en cuanto a límites de velocidad, distancia de seguridad, preferencia de paso, semáforos, señalización…

¿Mismas obligaciones y misma responsabilidad? Tal y como reconoció la subdirectora de la DGT la cuestión de la responsabilidad, “no es algo sencillo, no se puede abordar de manera superficial. Pero sí que prevemos que va a haber un sistema de transferencia hacia una responsabilidad más transversal, en vez del plano vertical que tenemos ahora”.

Más trasversal porque se incorporan nuevos operadores. El titular del sistema, el desarrollador del software… Desde la DGT ya en algún momento se había avanzado que la responsabilidad recaerá sobre el titular del sistema y así se va a plasmar en su regulación. Pero ¡ojo!, porque se trata de una competencia de la Dirección General de Seguros, recuerda, no de la DGT. Son los que tienen que valorar la adaptación del marco jurídico para permitir la circulación del vehículo altamente automatizado.

Certificación necesaria

Pero para que el sistema sea responsable, habrá que seguir regulando. La nueva normativa introduce un manual de circulación segura que establece las reglas de circulación específica para los vehículos autónomos. Regula los datos de los que el fabricante debe informar, más allá de los actuales. Los relacionados con el sistema y sus funcionalidades, los relativos al software, a las actualizaciones del mismo, al dominio del diseño operativo…

Se prevé un procedimiento de certificación, una certificación que podría ser externa a la DGT, si bien todavía no se ha concretado. Bien a modo de autodeclaración, con una declaración responsable como ocurre en Estados Unidos. En este caso es el fabricante el que aporta un manual de certificación de los sistemas. O bien por una certificación de un terceroexterno como ocurre en otros países de nuestro entorno. Actualmente la DGT afirma estar trabajando con los principales laboratorios de homologación desarrolladores del software, con la mirada puesta en otros países.

 

¿Cómo estamos con respecto a Europa?

A diferencia de Francia y Alemania, que ya han regulado de forma parcial, hasta nivel 4 -todavía no contemplan un nivel 5-, España prefiere esperar y tener un marco europeo que permita la homologación de los vehículos totalmente automatizados. Y posteriormente el procedimiento de introducción de los vehículos niveles 4 y 5 en vías abiertas.

Y es que cada estado tiene sus características y sus peculiaridades, tal y comentan desde Tráfico. Los niveles 4 y 5 exigen cumplir requisitos tecnológicos muy contrastados en diversos entornos para garantizar el despliegue y la circulación segura.

En España en 2015 desde la DGT se dio un marco flexible para realizar las pruebas, actualizándose en 2022 . Por sus características -15.700 kilómetros de vías de alta capacidad, amplio número de tramos con muy poco tráfico, un entorno con un trazado de vías muy variado una climatología diversa- España invita a los fabricantes a realizar pruebas. No olvidemos que para el desarrollo del software del vehículo autónomo se necesita contemplar una gran variedad de situaciones en diversos escenarios.

 

¿Para 2024 habrá nivel 5?

Según comentan desde la DGT, primero se tiene que publicar el Real Decreto. Se trata de un Real Decreto técnico “que establece las premisas tecnológicas para que estos vehículos se pongan en circulación y se recoja en un manual de circulación y de certificación”.

Desde la DGT, la subdirectora se mostró escéptica a que veamos el año que viene ya coches cien por cien autónomos. “El nivel 5, vehículo totalmente autónomo, sin supervisión del conductor, sin un entorno determinado sin un dominio de diseño operacional, no lo veo para el año que viene”. Ve más factible que se incorpore el nivel 4 puesto que en Francia y Alemania ya se está trabajando en ello.

Desde Tráfico se prevé más para modelos de transporte de viajeros de mercancías que en vehículos privados que llegarán más tarde.

 

 

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