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Zonas de Bajas Emisiones: todo lo que debes saber

La contaminación del aire es uno de los principales factores que influyen negativamente en la salud, generando afecciones respiratorias graves. En 2022, las emisiones de gases de efecto invernadero aumentaron un 5,7% en España, lo que equivale a 305 millones de toneladas de CO2, un 5,7% más que el año anterior. Un problema que se ve agravado por los gases contaminantes emitidos por los vehículos que llenan cada día las calles de las ciudades.
Zonas de Bajas Emisiones en municipios de más de 50.000 habitantes

Siendo tal la repercusión de la contaminación del aire, el pasado 27 de diciembre se publicó el Real Decreto por el cual se establece que, desde el 1 de enero de 2023, son obligatorias las Zonas de Bajas Emisiones, ZBE, en todos los municipios con más de 50.000 habitantes o aquellos de más de 20.000 con problemas de contaminación. La finalidad de esta medida es establecer áreas delimitadas dentro de las ciudades donde se aplican restricciones de acceso, circulación y estacionamiento de vehículos contaminantes para mitigar las emisiones de gases de efecto invernadero y mejorar la calidad del aire.

Se trata de una normativa alineada con la Ley de Cambio Climático y Transición Energética que pretende facilitar la equidad en la transición a una economía descarbonizada. Una actuación enmarcada dentro del Plan Nacional Integrado de Energía y Clima 2021-2030.

Siendo así, desde este 2023, 149 municipios españoles, en los que viven unos 25 millones de personas, aproximadamente el 53% de la población nacional, son los que deberían implementar ZBE. Un avance hacia la contaminación cero, donde se fomenta el transporte público y colectivo y los puntos de recarga de vehículos eléctricos, entre otras muchas cuestiones. No obstante, este objetivo a día de hoy sigue siendo una utopía y ante las posibles dificultades de llevar a cabo esta medida, la Federación Española de Municipios y Provincias ha pedido al Gobierno una moratoria de un año para aplicar la ley.

¿Qué ciudades ya han activado las ZBE?

Es cierto que la capital madrileña cuenta desde 2018 con ZBE en el distrito Centro, la cual hizo extensiva a Plaza Elíptica en 2022 y a toda la M-30 a partir de este año.

Pese a la obligatoriedad de la norma, solo algunos municipios han empezado el año estrenando ZBE como es el caso de Rivas (Madrid), Barcelona, Pontevedra (Galicia), y Zaragoza, que ha creado una zona provisional en el casco antiguo. El resto de ciudades están aprobando diversas normativas que esperan llevar a cabo en los próximos meses, entre las que está Ciudad Real y Talavera de la Reina, Albacete, Cuenca y Toledo. Por su parte, Palma de Mallorca y Asturias tienen proyectos entre manos y Sevilla, que ya tenía restricciones de circulación en el casco antiguo y en Triana, ha activado una ZBE informativa y sin sanciones en la Isla de la Cartuja.

¿Qué coches pueden circular o aparcar en las ZBE?

En primera instancia se ha establecido que el sistema de etiquetas medioambientales de la DGT se utilice como criterio único para establecer las restricciones en las ZBE. Por lo tanto, solo podrán acceder aquellos vehículos con distintivo medioambiental 0 emisiones, ECO, B y C.

  • Etiqueta 0 emisiones: de color azul. Identifica a los vehículos más eficientes, los eléctricos y los híbridos enchufables.
  • Etiqueta ECO: Hace referencia a los vehículos de gas, híbridos o ambos.
  • Etiqueta B: de color amarillo. Incluye a coches y furgonetas de gasolina matriculados desde enero de 2001, y los de diésel matriculados a partir de enero de 2006.
  • Etiqueta C: de color verde. Engloba a coches y furgonetas de gasolina matriculados después de enero de 2006, y los de diésel matriculados después de enero de 2015.

etiquetas ECO

El resto de vehículos, los sin etiqueta o etiqueta A, es decir, los anteriores a 2001 y los de gasoil de antes de 2006, se consideran altamente contaminantes, por lo que no podrán acceder a estas ZBE. Esta medida también afecta a vehículos extranjeros, que, al no entrar dentro de la clasificación de las pegatinas de la DGT, tienen prohibido el acceso y circulación en las ZBE. Cabe destacar, que, de forma adicional, los ayuntamientos tienen libertad para establecer otras normas de control de acceso a las ZBE.

Excepciones de circulación sin etiqueta de la DGT

Siempre hay una excepción que rompe la regla, y en este caso hay cuatro casos que no necesitan acreditar el distintivo medioambiental de la DGT:

  • Vehículos que trasladan a personas con titulares de tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida.
  • Vehículos A que no sean turismos, es decir, furgonetas, motocicletas y ciclomotores.
  • Vehículos históricos, conforme a la normativa correspondiente del Reglamento de vehículos históricos.
  • Vehículos de emergencias: extinción de incendios, recogidas de basura, y Fuerzas Armadas, entre otros.

 

El incumplimiento de la ley y la circulación ilegal de vehículos que no cumplen con lo establecido en la normativa, serán sancionados con una multa de 200 euros. Algo que se puede evitar actuando en consecuencia con la necesidad de reducir las emisiones de gases contaminantes.

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