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Madrid impulsará la movilidad eléctrica en toda la Comunidad

La movilidad eléctrica resulta cada vez más importante en el núcleo de las grandes ciudades. Por este motivo, la Comunidad de Madrid ha decidido impulsar la compra de vehículos de movilidad individual como bicicletas, patinetes o motos eléctricas, hasta el próximo 31 de diciembre de 2023

Los últimos años han supuesto la auténtica explosión en lo que a movilidad eléctrica se refiere. Las restricciones a los vehículos más contaminantes, el tráfico y todos los efectos causados por la pandemia, han contribuido a disparar la demanda de los llamados vehículos de movilidad personal. Para facilitar el acceso a estos vehículos, la Comunidad de Madrid ha presentado un nuevo plan de ayudas con descuentos que cubren hasta el 50% del precio de estos vehículos de movilidad eléctrica. 

Entre los objetivos principales de este programa se encuentra contribuir a la mejora en la calidad del aire, y reducir al mismo tiempo el nivel de contaminación acústica en las calles de la capital. Para ello, se ha diseñado un plan de subvención a la compra de bicicletas, patinetes y motos eléctricas, que estará disponible hasta el 31 de diciembre de 2023, y que se puede solicitar en la sede electrónica de la Comunidad de Madrid

Este plan no está dirigido únicamente a particulares residentes en la Comunidad de Madrid, sino también aquellos profesionales autónomos y microempresas con menos de 10 trabajadores que tengan un volumen de negocio que no supere los dos millones de euros. En función del tipo de vehículo deseado, las ayudas máximas para las personas físicas que ha establecido la administración madrileña son las siguientes: 

  • Patinetes: 150 euros. 
  • Bicicletas: 600 euros (siempre que la potencia no supere los 250 W) 
  • Ciclomotores: 700 euros. 
  • Motocicletas: 1.000 euros 

En cuanto a los requisitos necesarios para solicitar estas ayudas para el fomento de la movilidad eléctrica, destacan la obligatoriedad de ser mayor de edad, residir en la Comunidad de Madrid y estar al corriente de pago de todas las posibles obligaciones con la Agencia Tributaria. Además, no se podrá haber recibido ninguna otra ayuda concedida por las administraciones o entes públicos, ya sean nacionales o internacionales, siempre que el concepto de esa ayuda sea el mismo que el de esta subvención. 

También es importante recordar que, al tratarse de una solicitud digital, será necesario disponer de DNI electrónico o certificado digital para poder completar la operación. Si no se dispone de estos elementos, será posible llevarla a cabo de forma presencial en las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro de la Comunidad de Madrid. Para su resolución y notificación se establece un plazo máximo de seis meses desde la fecha en la que se genera la solicitud, mientras que el pago de la ayuda se realizará de forma íntegra en la cuenta bancaria que facilite el interesado. 

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