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Cómo reclamar una avería causada por el mal estado de las carreteras

Cómo reclamar una avería causada por el mal estado de las carreteras

A lo largo de la última década, la inversión en mantenimiento en la red de carreteras ha descendido un 76% según la Asociación Española de la Carretera (AEC). El mal estado de muchas carreteras puede causar daños en nuestro vehículo, o incluso accidentes. ¿A quién reclamar si esto ocurre?

Los accidentes y daños en los vehículos no siempre se producen por inacción o negligencias de sus conductores, sino que, en ocasiones, están derivados del mal estado de los firmes por los que se circula. La Asociación Española de la Carretera (AEC) ha publicado un informe que, bajo el título “Necesidades de Inversión en Conservación en España 2019-2020”, analiza el estado de 3.000 tramos de 100 metros de las carreteras españolas, además de 3.000 señales viales, 20.000 elementos de balizamiento y 900 km de marcas viales.

Las consecuencias, en este sentido, son demoledoras. Entre 2009 y 2019, los recursos destinados a conservación y seguridad vial en las carreteras se han disminuido un 76%, lo que lleva a que, de los 100.000 km representados en el informe, hasta 10.000 km presentan deterioros graves en al menos el 50% de la superficie del pavimento. Y entre los daños más habituales, las roderas, los agrietamientos, desintegraciones del pavimento, deformaciones y grietas.

Todos estos problemas pueden causar importantes daños en el automóvil, e incluso, en los peores escenarios, accidentes de todo tipo. Así, es importante saber qué hacer, cómo reaccionar y a quién reclamar posibles daños.

 ¿Qué puede ocurrir por los daños en el firme?

Cómo reclamar por accidente en carreteras
  • Que se sufra una avería en el coche. Por ejemplo, un reventón de una rueda, golpes en los bajos, daños en los amortiguadores. Si esto sucede, se debe parar el coche en un lugar seguro, llamar a la Policía Local o a la Guardia Civil dependiendo del lugar en el que haya ocurrido, y solicitarles que levanten un atestado. Además, es muy importante hacer fotos del escenario, de los daños en la calzada y de los daños propios en el vehículo, que puedan aportarse, posteriormente, como pruebas de lo sucedido.
  • Que se choque o impacte contra otro vehículo por culpa de las carreteras. Si algún elemento presente en la calzada (gravilla, aceite, una señal defectuosa) fueron el origen del accidente, se puede reclamar a la Administración correspondiente aportando pruebas de lo ocurrido, además de las facturas de los gastos que ocasionaron: reparaciones, coches de sustitución, etc. Si la Administración no acepta hacerse cargo, será el seguro el que se haga cargo de las indemnizaciones para la parte implicada, mientras que los daños propios solo serán cubiertos por el seguro si se posee una póliza a todo riesgo.

¿Cómo actuar en caso de accidente en carreteras públicas?

Reclamar en caso de accidentes
  • En primer lugar, nunca se debe abandonar el lugar de los hechos. Si se ha sufrido cualquier percance, se debe estacionar el vehículo en una zona segura, señalizando la posición con los triángulos de emergencia si es necesario, y avisar a las autoridades competentes lo antes posible.
  • Siempre se deben tomar fotos, tanto del propio siniestro, como de la ubicación en sí, de los daños en el vehículo propio y en los de los contrarios si los hay, además de la señalización correspondiente. Estas fotos servirán de prueba al comunicar el incidente al seguro, o para reclamar a la Administración correspondiente, incluso si se llega a juicio.
  • Solicitar atestado policial. Se trata de un documento oficial que redacta la policía o la Guardia Civil, en la que se recoge todo lo sucedido y su ubicación, si existen testigos, pruebas, víctimas, etc. Es un documento básico si, finalmente, se va a acudir a juicio, aunque también antes, ya que recoge, de forma expositiva, todo lo ocurrido, algo que sirve de gran ayuda para seguros, etc.
  • Si hay lesiones, solicitar presencia de sanitarios. Al igual que ocurre con el atestado policial, es importante que, si hay algún tipo de lesión o daño personal, los sanitarios redacten su parte de lesiones, que sirve para presentarlo al seguro o bien a la Administración para reclamar, así, una indemnización. Aunque habitualmente es la policía o la Guardia Civil los que reclaman su presencia, si no es así, el usuario debe asegurarse de su presencia lo antes posible.
  • Recoger datos de los testigos. En cuanto sea posible, se debe solicitar a los posibles testigos de lo sucedido que faciliten sus datos de contacto para que, en caso de juicio, el abogado pueda contactar con ellos para que corroboren los hechos sucedidos.

¿Cómo reclamar de forma adecuada?

Reclamar en caso de accidente
  • El primer paso es notificar el incidente al seguro. Si se posee seguro a todo riesgo, será la aseguradora la que abone cualquier indemnización, y posteriormente serán ellos los que decidan si tratar o no con las administraciones para repercutirles su importe. Si, por el contrario, la póliza no es a todo riesgo, es probable que sí incluya cobertura de reclamación de daños, hasta un límite establecido en la póliza, además de los gastos de los abogados que se elijan, etc. Si, por último, la póliza es muy básica y no cuenta con esta cobertura, será el usuario el que deba iniciar las reclamaciones de forma privada, o bien abonar los servicios de un abogado especialista en reclamación de daños.
  • Para reclamar sin mediación de la compañía de seguros, se debe presentar un escrito ante la administración, o en aquellos casos en los que se trate de vías gestionadas por empresas privadas, ante ellas.
  • Es importante tener en cuenta los plazos. Según el artículo 67 de la Ley 39/205 sobre el procedimiento administrativo, el plazo será de un año desde el incidente, aunque si ha habido lesiones, este plazo empieza a contabilizarse desde la curación o la determinación de las secuelas de las mismas.

¿A quién reclamar en cada caso?

  • En el caso de las autovías y carreteras nacionales, es el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana el receptor de las posibles reclamaciones. Por ello, se debe presentar en el registro de dicha entidad la exposición de los hechos y la reclamación en sí.
  • Para vías autonómicas o comarcales, la reclamación debe presentarse contra las propias comunidades autónomas.
  • En vías urbanas, la reclamación será contra el ayuntamiento de la localidad en la que haya sucedido el percance.
  • En vías de peaje, su concesionaria será la responsable. Es posible encontrar los datos de contacto de cada una en SEOPAN (Asociación de Empresas Constructoras y Concesionarias de Infraestructuras).

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