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Los 10 motivos por los que te quitan 6 puntos del carnet de conducir

Algunas infracciones conllevan la retirada de la mitad del saldo inicial de puntos. Estos son los 10 motivos por los que te quitan 6 puntos del carnet de conducir.

 

La ley de Seguridad Vial es especialmente dura con ciertas actitudes bastante peligrosas en las que se ponen en riesgo nuestra seguridad y la de los demás. Te contamos cuáles son los 10 motivos por los que te quitan 6 puntos del carnet de conducir.

1. Conducir con una tasa de alcohol superior a 0,50 mg/l (de 0,25 a 0,50 son 4 puntos). En el caso de profesionales y titulares de permisos de conducción con menos de dos años de antigüedad, sería conducir con más de 0,30 mg/l. Conlleva aparejada una multa de 1.000 euros.

Por otro lado, en el caso de conductores con una alcoholemia superior a 0,60, es considerado delito y castigado con pena de prisión de tres a seis meses o con multa de seis a doce meses.

2. Conducir con la presencia de drogas en el organismo. Esta infracción está siempre castigada con la retirada de 6 puntos y conlleva una multa de 1.000 euros.

3. Incumplir la obligación de someterse a las pruebas de detección de alcohol o de la presencia de drogas en el organismo. También conlleva una multa de 1.000 euros. En todo caso, esta actitud está considerada delito por el Código Penal según el artículo 383.

4. Conducir de forma temeraria, circular en sentido contrario al establecido o participar en carreras o competiciones no autorizadas. Estas actitudes están castigadas con la retirada de 6 puntos y 500 euros de multa.

5. Conducir vehículos que tengan instalados inhibidores de radares o cinemómetros o cualesquiera otros mecanismos encaminados a interferir en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico. La multa es la misma, retirada de 6 puntos y 500 euros.

6. El exceso en más del 50 por ciento en los tiempos de conducción o la minoración en más del 50 por ciento en los tiempos de descanso establecidos en la legislación sobre transporte terrestre. También conlleva la retirada de 6 puntos y 500 euros.

Al hilo de los conductores profesionales, también está castigado con esta pena la participación o colaboración necesaria de los conductores en la colocación o puesta en funcionamiento de elementos que alteren el normal funcionamiento del tacógrafo o del limitador de velocidad.

7. Utilizar, sujetando con la mano, dispositivos de telefonía móvil mientras se conduce. Esta es una de las últimas novedades de la Ley. Llevar el teléfono móvil en la mano conlleva la retirada de 6 puntos del carnet de conducir. Ahora bien, la multa es de 200 euros.

8. Arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que puedan producir incendios o accidentes. Esta infracción está castigada con 500 euros.

9. Adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas o sin dejar la separación mínima de 1,5 metros. Esta incorporación es relativamente reciente.

10. La Ley de Seguridad Vial contempla la retirada de seis puntos por determinados excesos de velocidad.

Límite2030405060708090100110120130MultaPuntos
Exceso velocidadGrave2131415161718191101111121131100
4050607090100110120130140150150
41516171911011111211311411511513002
50607080110120130140150160170170
516171811111211311411511611711714004
60708090120130140150160170180180
617181911211311411511611711811815006
708090100130140150160170180190190
Muy grave7181911011311411511611711811911916006

 

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