La ONU ha aprobado el pasado 9 de marzo un reglamento que obliga a los vehículos eléctricos a contar con dispositivos o sistemas acústicos que alerten de su presencia, ya que el ruido generado por éstos es insuficiente para percatarnos de que están en marcha.
Y es que el ruido generado por los motores de combustión interna -gasolina y diésel-, a pesar de contribuir negativamente al aumento de la contaminación acústica, proporciona información útil al peatón, pues permite saber que están ahí, y le alertan de los peligros potenciales, facilitando su evasión.
Por el contrario, la ausencia de sonido constituye un riesgo para la seguridad, especialmente para los invidentes o con visibilidad reducida, hecho que se incrementa a la hora de aparcar el coche o circulando a bajas velocidades.
En este sentido, el Foro Mundial para la Armonización de la Reglamentación sobre Vehículos de UNECE -o WP.29- ha adoptado el Reglamento en vehículos silenciosos de transporte por carretera -o QRTV por sus siglas en inglés-.
Éste establece que el sistema generador de ruido artificial -Sistema Acústico de Alerta para Vehículos o AVAS-tendrá que estar siempre activo entre 0 y 20 km/h, teniendo en cuenta que a más velocidad el rozamiento de las ruedas con el asfalto es suficiente. Por último, este sistema deberá emitir un volumen de señal mínimo de 50 dB hasta 10 km/h, 56 dB hasta 20 km/h y 47 dB durante la marcha atrás -para identificar cada nivel con una velocidad-.