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Consejos para renovar el permiso de conducir

Para renovar el permiso de conducir hay que realizar una serie de gestiones. Estos trámites no son demasiado complejos, pero es importante realizarlos con orden y rigor para no tener ningún tipo de problema.

Según la última modificación de la norma para renovar el permiso de conducir ya no hace falta ir a la Jefatura de tráfico, sino que es directamente el centro en el que se pasa la revisión psicotécnica donde se llevan a cabo todas las gestiones, lo que sin duda facilita los trámites para el demandante de la renovación.

Lo que sí que queda sin ninguna modificación es la necesidad de demostrar las capacidades para poder seguir conduciendo con garantías y sin poner en peligro al propio conductor ni a los demás usuarios de la vía. Para ello, el demandante ha de presentarse al test psicofísico que consiste en la ejecución de diversas pruebas médicas en las que se comprueban las capacidades auditivas, visuales y físicas de la persona.

Según el tipo de permiso y la edad del conductor, un periodo de vigencia distinto

La vigencia del permiso de conducir depende de dos factores. Por un lado, el tipo de permiso de conducir marca una temporalización en la renovación concreta y por otra parte, la edad del conductor es el otro factor diferencial.

En el caso del permiso B, el de coche, este ha de ser renovado cada 10 años hasta los 65 años de edad del conductor, y partir de ahí el periodo de vigencia se reduce a los 5 años. La solicitud de prórroga del permiso de circulación puede presentarse tres meses antes a la fecha de la pérdida de vigencia.

La documentación necesaria para llevar a cabo la renovación es la siguiente:

  • DNI o Pasaporte: original en vigor.
  • Autorización de residencia o Documento de identidad de su país o Pasaporte junto con el Certificado de Inscripción en el Registro Central de Extranjeros para extranjeros comunitarios: original en vigor.
  • Autorización de residencia para extranjeros no comunitarios: original en vigor.
  • Pago de la tasa de tráfico IV.3 (se puede realizar vía telemática, en la Jefatura de Tráfico o en cualquier entidad financiera, teniendo que completar después el formulario de autoliquidación modelo 791).
  • Informe examen psicofísico (en caso de acudir a la Jefatura Provincial de Tráfico).

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