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¿Cómo pagar una multa de tráfico?

Sea una multa de la DGT o de un ayuntamiento, y conlleve o no la retirada de puntos, recibir una multa no es una buena noticia. Pero, ¿Cómo pagar una multa de tráfico?

 

Recibir una multa de tráfico siempre es un disgusto. Como en todos los trámites administrativos tienes un plazo determinado tanto para pagarla como para recurrirla. Y pagarla a tiempo te ahorrará dinero, ¿Cómo pagar una multa de tráfico?

Lo primero que debemos tener en cuenta es quién nos ha puesto la multa para dirigirnos directamente a ese organismo. Puede ser la DGT, un ayuntamiento o alguna Comunidad Autónoma con competencias de tráfico (Cataluña, Navarra o País Vasco).

En el caso de que se trate de una multa de la DGT tienes varias opciones para abonarla. Por un lado, por internet. Para ello necesitarás tener a mano la fecha de la notificación y el número de expediente. En el código QR de la multa encontrarás toda la información para abonarla.

Si eliges pagarla por teléfono, puedes hacerlo llamando al 060, mediante tarjeta de crédito. Desde hace un tiempo también es posible pagarla a través de la app miDGT. Para ello deberemos ir a «Mis multas pendientes».

También podemos pagarla presencialmente, en sucursales y cajeros de Caixabank, con tarjeta o efectivo, en cualquier oficina de correos – con una tasa adicional de 2,25€ más el 1,50 por ciento de la cuantía de la multa o en cualquier Jefatura de Tráfico, mediante tarjeta de crédito. Además, en el caso de que nos paren los agentes de la Guardia Civil de tráfico, siempre podemos abonar la multa en el momento.

Descuentos por pronto pago de la multa de tráfico: 20 días

Debemos tener en cuenta que desde que nos notifican una multa tenemos un plazo de 20 días naturales para pagarla acogiéndonos a un descuento del 50 por ciento. El plazo comienza a contar desde la notificación. Ahora bien, en ocasiones nos la dejarán en el buzón, no siempre será entregada en mano. Otras veces nos la dará el agente en mano, el plazo contará desde entonces.

Pasado este periodo de 20 días de periodo voluntario, entramos en el periodo ordinario que se extiende hasta los 45 días después de recibir la notificación. En este caso hay que pagar el 100 por cien de la misma. En caso de no abonarla en este tiempo, la sanción pasa a la Agencia Tributaria  que se encarga de cobrarla con el  20 por ciento de recargo.

Por otro lado, debemos tener en cuenta que el importe de la multa de tráfico no se puede fraccionar.

Saber si tienes multas pendientes es posible consultando los tablones públicos como el Tablón Edictal Único (TEU) o el Tablón Edictal de Sanciones (TESTRA). Aquí introduciremos el DNI, nombre y apellidos o matrícula y revisaremos si quedan sanciones a tu nombre.

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